Triunfo judicial: Casación rechazó el recurso fiscal y confirmó el sobreseimiento de nuestro cliente

En fecha 14 de mayo de 2025, la Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional dictó una resolución definitiva en el expediente CCC 53129/2023/2/1, por la cual rechazó el recurso extraordinario federal interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, confirmando así el sobreseimiento firme y definitivo de nuestro defendido.

Este fallo representa no sólo una victoria procesal, sino también una reivindicación institucional del principio de legalidad penal y del derecho de toda persona a no ser perseguida más allá de los plazos que marca la ley. Se trata, además, del cierre definitivo de un proceso originado en una falsa denuncia de abuso sexual, cuyas inconsistencias fueron expuestas a lo largo de todo el trámite judicial.

El camino recorrido

La defensa técnica de XXX logró, en primera instancia, que se declarara extinguida la acción penal por prescripción, conforme a los plazos previstos por la ley penal y la doctrina jurisprudencial consolidada en la materia. Esa decisión fue luego confirmada por la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que también avaló el sobreseimiento.

Disconforme con esa resolución, el Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de casación, que fue declarado inadmisible. Lejos de cesar en su intento, la acusación intentó abrir la instancia federal mediante un recurso extraordinario, pretendiendo llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Sin embargo, y en línea con lo que esta defensa sostuvo a lo largo del proceso, la Cámara de Casación volvió a marcar un límite claro: las reglas de admisibilidad de los recursos no pueden forzarse para reabrir causas ya concluidas. Así, el tribunal señaló que lo planteado por la Fiscalía no constituía una cuestión federal revisable, sino una discrepancia sobre la aplicación de normas procesales que ya habían sido tratadas y resueltas correctamente.

Principios en juego

El fallo reafirma principios esenciales del derecho penal y procesal: la irretroactividad de la ley penal más gravosa, la seguridad jurídica y la prohibición de persecuciones penales eternas. También constituye un freno importante frente a interpretaciones expansivas del poder punitivo que, en algunos casos, pretenden ignorar los plazos procesales en nombre de una supuesta “búsqueda de justicia” que desconoce los derechos del justiciable.

En este caso, como en tantos otros que hemos asumido con responsabilidad y compromiso, el trabajo de la defensa fue clave para garantizar que el proceso no se transforme en una pena anticipada ni en un castigo injustificado. Con profesionalismo, firmeza y estrategia, logramos que se respetara el derecho de nuestra asistida a la finalización del proceso penal por las vías legales que corresponden.

Cierre definitivo

Con esta resolución, la situación procesal de María Angélica Crocce queda definitivamente resuelta. La acción penal se encuentra extinguida, el sobreseimiento ha quedado firme, y la pretensión persecutoria del Ministerio Público ha sido rechazada en todas sus instancias. De este modo, se confirma judicialmente lo que sostuvimos desde un principio: XXX XXX XXX fue víctima de una falsa imputación de abuso sexual, sin ningún sustento probatorio real.

Desde nuestro estudio, celebramos esta resolución como un triunfo del Estado de Derecho y como una muestra de que una defensa penal sólida, técnica y estratégica puede lograr resultados concretos y justos para nuestros clientes.

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