Feria judicial, habilitación de plazos y derecho de defensa en un fallo relevante de la Cámara
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Sala IV / Feria B, revocó la clausura de la instrucción al considerar que la mera continuidad del trámite durante la feria judicial no habilita por sí sola el cómputo de plazos procesales contra la defensa. El fallo distingue entre actividad jurisdiccional urgente y habilitación formal de días y horas en los términos del artículo 162 del CPPN, reafirmando la centralidad del derecho de defensa y del contradictorio.